domingo, 22 de enero de 2017

Hablemos sobre Desarrollo Sindical

En Colombia, el primer sindicato aparece en 1847 gracias a la creación de la Sociedad de artesanos de Bogotá, cuyo fin era el de presionar un alza en los impuestos de aduana para que los productos elaborados por ellos pudieran competir en igual de condiciones con los traídos de otros países. Esta lucha terminó mal para la Sociedad, pues sus reclamos se tornaron violentos, lo cual hizo que se desatase una guerra civil que dejaría miles de muertos, artesanos y campesinos en su gran mayoría. Luego de este desastre, no surgirían en el país agrupaciones sindicalistas sino tan sólo hasta después de la Primera Guerra Mundial; en ese momento aparecieron las primeras industrias en el país, y con ellas los nuevos sindicatos; ello en un momento en el que en Colombia no existían leyes que los protegieran, ampararan o, por lo menos, los autorizaran, lo que hizo que todas sus manifestaciones, en especial las huelgas, no fueran tomadas en cuenta por el Gobierno; además, la mayoría de los miembros de los sindicatos eran despedidos de sus trabajos o encarcelados. Por todo lo anterior es que al ejercicio sindicalista en el país entre 1918 y 1930 se le denomino el sindicalismo heroico.
En el año de 1928 ocurrió uno de los episodios más terribles, significativos y recordados en Colombia: la Masacre de las Bananeras. En la zona bananera del Magdalena, la empresa estadounidense United Fruit Company contaba con mas de 25.000 trabajadores, los cuales no estaban conformes con su salario ni con las malas condiciones de trabajo, por lo que decidieron ir a la huelga. El 6 de diciembre, la compañía pidió a la fuerza publica que dispersara a todo el campesinado: más de 2.500 personas fueron dispersadas a sangre y fuego, dejando cientos de muertos y heridos, así como innumerables encarcelados.Es durante el gobierno de Alfonso López Pumarejo,  la lucha sindical comienza a ser respaldada por el Gobierno. En 1935 se fundó la primera central obrera: la CST (Confederación sindical de trabajadores), la cual, tres años más tarde, se convirtió en la Confederación de trabajadores de Colombia, formada por trabajadores liberales y comunistas.
El movimiento sindicalista en Colombia ha tenido muchas dificultades y obstáculos tanto en sus etapas de conformación como en las de consolidación. Algunas de éstas han sido:
- El despido de sus miembros por parte de los dueños de las empresas, ello buscando disolver el movimiento sindicalista.
- El exceso de legislación y la indebida intervención del Gobierno al interior de los sindicatos.
- La fragmentación del movimiento obrero en regiones, lo que ha des-estimulado la formación de un movimiento sindical cohesionado a nivel nacional.
- La incursión de los políticos en los sindicatos, lo que no ha permitido un libre desarrollo en las asociaciones sindicalistas.






 

LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA: CENTROAMÉRICA

        La presencia sindical en la negociación colectiva tiene un reconocimiento expreso y formal tanto en la legislación ordinaria como en las disposiciones constitucionales. En ese sentido la ausencia de la negociación colectiva, que en la realidad centroamericana exponen reiteradamente las organizaciones de trabajadores, no obedece a la ausencia de disposiciones legales, sino más bien a la existencia de otros factores.
·        tanto en lo que se refiere a los mecanismos de solución autónoma de conflictos, como en el denominado ámbito directo, se manifiesta al igual que en todo el derecho laboral, una fuerte presencia estatal. Esta se manifiesta entre otros aspectos en una abundante regulación legal de los procedimientos, del instrumento, de sus sujetos, y de los contenidos de la negociación colectiva, con la finalidad de mantener bajo control el conflicto y garantizar un contenido que no contraríe el modelo de relaciones laborales implementado por las regulaciones estatales.
·        En todos los temas la negociación colectiva muestra una ausencia evidente de verdaderos contenidos emergentes. Hasta ahora la negociación colectiva parece encontrarse restringida al desarrollo de los dictados de la legislación laboral ordinaria, cumpliendo la función de adecuar las normas a las particularidades de la empresa. Sólo excepcionalmente y con un carácter general se abordan los temas relativos a la productividad o competitividad de la empresa.
·        Existe muy poco desarrollo de la negociación colectiva de carácter nacional o por rama de actividad o de industria, lo cual obedece sin duda a la escasa presencia en la empresa de los sindicatos de carácter nacional, prevaleciendo la negociación colectiva restringida a la empresa y en donde el sujeto sindical es generalmente un sindicato de empresa. Salvo el caso de la República de Panamá, en los restantes países la negociación colectiva se encuentra fundamentalmente a cargo de sindicatos de empresa; por otra parte destacan las negociaciones por rama en las actividades de la construcción (Panamá y El Salvador) y en el transporte (República Dominicana).

·        La negociación colectiva mantiene un evidente carácter reglamentario de las disposiciones de la ley, y orientada fundamentalmente a especificar y sobre todo reiterar las normas de orden público. En algunas de las materias, particularmente jornadas de trabajo y salarios, se evidencia una abundante y pormenorizada regulación que atiende a las distintas categorías y modalidades de la prestación de los servicios. Esta característica es particularmente notoria en las actividades de la agricultura (banano y azúcar) y en la actividad de la construcción.
PAIS
DENOMINACION
REGULACION
REPUBLICA DOMINICANA
Convenio colectivo de condiciones de trabajo
Artículo 103 Código de T.
PANAMA
Convención Colectiva de Trabajo
Art. 398 Código de Trabajo
NICARAGUA
Convención Colectiva de Trabajo
Art. 235 Código de Trabajo
HONDURAS
Contrato colectivo
Art. 53 Código de Trabajo
GUATEMALA
Pacto colectivo de condiciones de trabajo
Art. 49 Código de Trabajo
COSTA RICA
Convención Colectiva de Trabajo
Art. 54 Código de Trabajo.
EL SALVADOR
Contrato colectivo
Convención Colectiva de Trabajo *
art. 269 y siguientes del C. T.
* Cuando se celebra con un   sindicato de patronos. Art. 288 C. T

www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/mdtsanjose/worker/neg.../neg_col.htm


Libertad sindical muestra avances en Colombia 
A pesar de las buenas cifras en materia de respeto a los derechos de asociación, todavía hay una deuda con la protección de la integridad de los líderes sindicales, porque en el último cuatrienio ha habido 139 homicidios. 


El Archivo Sindical del Ministerio de Trabajo reveló que 564 nuevos sindicatos se han creado en los últimos 18 meses en Colombia, lo que refleja un paso adelante en la protección y respeto del derecho a la libre asociación de los trabajadores.
De estas organizaciones, 180 fueron registradas entre enero y agosto de este año, mientras que las 384 restantes se reportaron en todo el 2013. En estas dos cifras hay un punto en común y es que se presentó una  proporción más alta de sindicalidad en el sector privado que en el público.
De hecho, de los 180 sindicatos conformados el presente año, 151  son de las organizaciones privadas y sólo 29, de las públicas. Asimismo, en la vigencia del 2013, un total de 299 fueron creados en el sector privado y 85, en el público.
Según el Ministerio de Trabajo, esto demuestra que hay un cumplimiento del Artículo 8 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece el respeto de la legalidad para que tanto trabajadores como empleadores puedan constituir sindicatos y asociaciones sin que intervenga el Estado; y el reconocimiento del fuero sindical, tal y como se fija en el Código Sustantivo del Trabajo en sus artículos 405 y 406.
Por esa razón, el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, explicó que “toda asociación que se conforme debe hacer un registro sindical ante el Ministerio de Trabajo como trámite administrativo interno, que se realiza con fines publicitarios y que habilita la actuación de los sindicatos una vez materializada su inscripción”.
Por su parte, el secretario general de la Confederación General de Trabajadores (CGT) en Antioquia, Jorge Iván Díez, manifestó que los trabajadores han tenido mejores posibilidades para acceder al derecho de asociación y en ese sentido constituir nuevas organizaciones sindicales.
Todas esas nuevas asociaciones que se han constituido en 2014, “significan que hemos avanzado en lo que tiene que ver con los derechos de asociación y de libertad sindical”, dijo Díez, quien agregó que de todos modos la densidad sindical sigue siendo pequeña.

Sin embargo, a la CGT le preocupa que esos derechos no sean garantizados al 100 %, porque todavía hay muchos empresarios que los desconocen, poniendo trabas para la actividad sindical.
http://www.elmundo.com/portal/noticias/economia/libertad_sindical_muestra_avances_en_colombia.php#.WIVxH9LhDIU 

Juguemos!