En Colombia, el primer
sindicato aparece en 1847 gracias a la creación de la Sociedad de artesanos de
Bogotá, cuyo fin era el de presionar un alza en los impuestos de aduana para
que los productos elaborados por ellos pudieran competir en igual de
condiciones con los traídos de otros países. Esta lucha terminó mal para la
Sociedad, pues sus reclamos se tornaron violentos, lo cual hizo que se desatase
una guerra civil que dejaría miles de muertos, artesanos y campesinos en su
gran mayoría. Luego de este desastre, no surgirían en el país agrupaciones
sindicalistas sino tan sólo hasta después de la Primera Guerra Mundial; en ese
momento aparecieron las primeras industrias en el país, y con ellas los nuevos
sindicatos; ello en un momento en el que en Colombia no existían leyes que los
protegieran, ampararan o, por lo menos, los autorizaran, lo que hizo que todas
sus manifestaciones, en especial las huelgas, no fueran tomadas en cuenta por
el Gobierno; además, la mayoría de los miembros de los sindicatos eran
despedidos de sus trabajos o encarcelados. Por todo lo anterior es que al
ejercicio sindicalista en el país entre 1918 y 1930 se le denomino el
sindicalismo heroico.
En el año de 1928 ocurrió uno
de los episodios más terribles, significativos y recordados en Colombia: la
Masacre de las Bananeras. En la zona bananera del Magdalena, la empresa
estadounidense United Fruit Company contaba con mas de 25.000 trabajadores, los
cuales no estaban conformes con su salario ni con las malas condiciones de
trabajo, por lo que decidieron ir a la huelga. El 6 de diciembre, la compañía
pidió a la fuerza publica que dispersara a todo el campesinado: más de 2.500
personas fueron dispersadas a sangre y fuego, dejando cientos de muertos y
heridos, así como innumerables encarcelados.Es durante el gobierno de Alfonso
López Pumarejo, la lucha sindical comienza a ser respaldada por el
Gobierno. En 1935 se fundó la primera central obrera: la CST (Confederación
sindical de trabajadores), la cual, tres años más tarde, se convirtió en la
Confederación de trabajadores de Colombia, formada por trabajadores liberales y
comunistas.
El movimiento sindicalista en
Colombia ha tenido muchas dificultades y obstáculos tanto en sus etapas de
conformación como en las de consolidación. Algunas de éstas han sido:
- El despido de sus miembros
por parte de los dueños de las empresas, ello buscando disolver el movimiento
sindicalista.
- El exceso de legislación y
la indebida intervención del Gobierno al interior de los sindicatos.
- La fragmentación del
movimiento obrero en regiones, lo que ha des-estimulado la formación de un
movimiento sindical cohesionado a nivel nacional.
- La incursión de los
políticos en los sindicatos, lo que no ha permitido un libre desarrollo en las
asociaciones sindicalistas.
LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA: CENTROAMÉRICA
La presencia
sindical en la negociación colectiva tiene un reconocimiento expreso y formal
tanto en la legislación ordinaria como en las disposiciones constitucionales.
En ese sentido la ausencia de la negociación colectiva, que en la realidad
centroamericana exponen reiteradamente las organizaciones de trabajadores, no
obedece a la ausencia de disposiciones legales, sino más bien a la existencia
de otros factores.
· tanto
en lo que se refiere a los mecanismos de solución autónoma de conflictos,
como en el denominado ámbito directo, se manifiesta al igual que en todo el
derecho laboral, una fuerte presencia estatal. Esta se manifiesta entre otros
aspectos en una abundante regulación legal de los procedimientos, del
instrumento, de sus sujetos, y de los contenidos de la negociación colectiva,
con la finalidad de mantener bajo control el conflicto y garantizar un
contenido que no contraríe el modelo de relaciones laborales implementado por
las regulaciones estatales.
· En
todos los temas la negociación colectiva muestra una ausencia evidente de
verdaderos contenidos emergentes. Hasta ahora la negociación colectiva parece
encontrarse restringida al desarrollo de los dictados de la legislación
laboral ordinaria, cumpliendo la función de adecuar las normas a las
particularidades de la empresa. Sólo excepcionalmente y con un carácter
general se abordan los temas relativos a la productividad o competitividad de
la empresa.
· Existe
muy poco desarrollo de la negociación colectiva de carácter nacional o por
rama de actividad o de industria, lo cual obedece sin duda a la escasa
presencia en la empresa de los sindicatos de carácter nacional, prevaleciendo
la negociación colectiva restringida a la empresa y en donde el sujeto
sindical es generalmente un sindicato de empresa. Salvo el caso de la
República de Panamá, en los restantes países la negociación colectiva se
encuentra fundamentalmente a cargo de sindicatos de empresa; por otra parte
destacan las negociaciones por rama en las actividades de la construcción
(Panamá y El Salvador) y en el transporte (República Dominicana).
· La
negociación colectiva mantiene un evidente carácter reglamentario de las
disposiciones de la ley, y orientada fundamentalmente a especificar y sobre
todo reiterar las normas de orden público. En algunas de las materias, particularmente
jornadas de trabajo y salarios, se evidencia una abundante y pormenorizada
regulación que atiende a las distintas categorías y modalidades de la
prestación de los servicios. Esta característica es particularmente notoria
en las actividades de la agricultura (banano y azúcar) y en la actividad de
la construcción.
|
PAIS
|
DENOMINACION
|
REGULACION
|
REPUBLICA DOMINICANA
|
Convenio colectivo de
condiciones de trabajo
|
Artículo 103 Código de T.
|
PANAMA
|
Convención Colectiva de
Trabajo
|
Art. 398 Código de Trabajo
|
NICARAGUA
|
Convención Colectiva de
Trabajo
|
Art. 235 Código de Trabajo
|
HONDURAS
|
Contrato colectivo
|
Art. 53 Código de Trabajo
|
GUATEMALA
|
Pacto colectivo de
condiciones de trabajo
|
Art. 49 Código de Trabajo
|
COSTA RICA
|
Convención Colectiva de
Trabajo
|
Art. 54 Código de Trabajo.
|
EL SALVADOR
|
Contrato colectivo
Convención Colectiva de
Trabajo *
|
art. 269 y siguientes del C.
T.
* Cuando se celebra con
un sindicato de patronos. Art. 288 C. T
|
www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/mdtsanjose/worker/neg.../neg_col.htm
Libertad sindical muestra avances en
Colombia
A
pesar de las buenas cifras en materia de respeto a los derechos de asociación,
todavía hay una deuda con la protección de la integridad de los líderes
sindicales, porque en el último cuatrienio ha habido 139 homicidios.
El
Archivo Sindical del Ministerio de Trabajo reveló que 564 nuevos sindicatos se
han creado en los últimos 18 meses en Colombia, lo que refleja un paso adelante
en la protección y respeto del derecho a la libre asociación de los
trabajadores.
De
estas organizaciones, 180 fueron registradas entre enero y agosto de este año,
mientras que las 384 restantes se reportaron en todo el 2013. En estas dos
cifras hay un punto en común y es que se presentó una proporción más alta
de sindicalidad en el sector privado que en el público.
De
hecho, de los 180 sindicatos conformados el presente año, 151 son de las
organizaciones privadas y sólo 29, de las públicas. Asimismo, en la vigencia
del 2013, un total de 299 fueron creados en el sector privado y 85, en el público.
Según
el Ministerio de Trabajo, esto demuestra que hay un cumplimiento del Artículo 8
del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que
establece el respeto de la legalidad para que tanto trabajadores como
empleadores puedan constituir sindicatos y asociaciones sin que intervenga el
Estado; y el reconocimiento del fuero sindical, tal y como se fija en el Código
Sustantivo del Trabajo en sus artículos 405 y 406.
Por
esa razón, el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda
Villegas, explicó que “toda asociación que se conforme debe hacer un registro
sindical ante el Ministerio de Trabajo como trámite administrativo interno, que
se realiza con fines publicitarios y que habilita la actuación de los
sindicatos una vez materializada su inscripción”.
Por
su parte, el secretario general de la Confederación General de Trabajadores
(CGT) en Antioquia, Jorge Iván Díez, manifestó que los trabajadores han tenido
mejores posibilidades para acceder al derecho de asociación y en ese sentido
constituir nuevas organizaciones sindicales.
Todas
esas nuevas asociaciones que se han constituido en 2014, “significan que hemos
avanzado en lo que tiene que ver con los derechos de asociación y de libertad
sindical”, dijo Díez, quien agregó que de todos modos la densidad sindical
sigue siendo pequeña.
Sin
embargo, a la CGT le preocupa que esos derechos no sean garantizados al 100 %,
porque todavía hay muchos empresarios que los desconocen, poniendo trabas para
la actividad sindical.
http://www.elmundo.com/portal/noticias/economia/libertad_sindical_muestra_avances_en_colombia.php#.WIVxH9LhDIU
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